NUEVOS LÍMITES DE APORTACIONES A SISTEMAS DE PREVISIÓN PARA 2022 | Bloc Brokers
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NUEVOS LÍMITES DE APORTACIONES A SISTEMAS DE PREVISIÓN PARA 2022

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 supone, de nuevo, una serie de modificaciones en los límites de aportaciones a los sistemas de previsión: planes de pensiones, Plan de Previsión Asegurado (PPA) y Planes de Previsión Social Empresarial (PPSE).

Desde el pasado ejercicio, la voluntad del legislador es fomentar los planes de pensiones de empresa y fortalecer el llamado segundo pilar de las pensiones, tal como sucede en otros países de nuestro entorno. Recordemos que el primer pilar lo conforman las prestaciones de la Seguridad Social y el tercero los planes individuales.

Para ello, se ha reducido el límite de aportación y reducción en el IRPF de los planes de prensiones y previsión a 1.500 euros, siempre que no superen el 30% de los rendimientos netos de trabajo y de actividades económicas.

Este nuevo límite de deducción de 1.500 euros, podrá incrementarse hasta 8.500 euros adicionales por aportaciones del empleador a favor del empleado a instrumentos de previsión social empresarial (planes de pensiones de empleo-PPE y Planes de Previsión social empresarial-PPSE) o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a la respectiva contribución empresarial.

A estos efectos, las cantidades aportadas por la empresa que deriven de una decisión del trabajador tendrán la consideración de aportaciones del trabajador.

Por otro lado, las aportaciones propias que el empresario individual realice a planes de pensiones de empleo de los que, a su vez, sea promotor y partícipe, tendrán consideración de contribuciones empresariales, a efectos del cómputo de este límite.

El límite de la aportación a favor del cónyuge que obtenga rendimientos inferiores a 8.000 euros se mantiene en 1.000 euros anuales.

Tampoco sufren ninguna modificación los límites de aportaciones a planes de pensiones y Planes de Previsión Asegurados (PPA) acogidos al régimen especial para personas con discapacidad (física 65%/psíquica 33%) que, recordemos, son los siguientes:

  • Las aportaciones anuales máximas realizadas por las personas con discapacidad partícipes, no podrán superar la cantidad de 250 euros.
  • Las aportaciones anuales máximas realizadas por cada partícipe a favor de personas con discapacidad ligadas por relación de parentesco no podrán rebasar la cantidad de 10.000 euros.
  • Las aportaciones anuales máximas a planes de pensiones realizadas a favor de una persona con discapacidad, incluyendo sus propias aportaciones, serán como máximo de 250 euros.

Quedo a vuestra disposición ampliar esta información y para ver qué otros instrumentos pueden ser útiles para ahorrar para la jubilación.

Ferran Rovira
Socio director de BLOC BROKERS

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