Ahorro y Jubilación | Bloc Brokers
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Ahorro y Jubilación

Guardar parte del dinero que ganamos para imprevistos, para invertir en algún proyecto personal o para cuando nos hacemos mayores es importante. Existe un amplio abanico de productos de ahorro, algunos algo menos conocidos como los seguros de ahorro. Pero, ¿en qué consiste un seguro de ahorro? Se trata de un instrumento mediante el cual la aseguradora se compromete a abonar al asegurado una cantidad de dinero en una fecha establecida si el beneficiario sigue vivo. Como además de un instrumento de ahorro, es un seguro con cobertura en caso de fallecimiento.

Es importante saber distinguir entre productos en los que el riesgo de la inversión va a cargo de la entidad aseguradora y los trasladan ese riesgo a los asegurados y por tanto, pueden ocasionar pérdidas. Además también tienen tratamientos fiscales diversos. BLOC BROKERS cuenta con especialistas que te asesoraran de manera totalmente independiente de que producto es el que más se ajusta a tu perfil inversor.

Sobre los seguros de ahorro y de jubilación

Sobre los Planes de ahorro y jubilación:

Son seguros de vida destinados a constituir un capital en caso de supervivencia a una fecha concreta (o no).

Hay algunos que aseguran un capital o una renta al vencimiento (que se puede incrementar con una participación en beneficios)  y hay otros que lo que aseguran es un tipo de interés en plazos concretos.

Sea como fuere, siempre ha de haber un capital previsto en caso de fallecimiento del asegurado.

Cuando nacieron en los años 80 garantizaban capitales tipos de interés muy altos. Debido a la coyuntura actual, los tipos que se ofrecen ahora, por lo general no son muy altos.

Su principal beneficio es que dan seguridad y, aunque la mayoría de productos prevén formas de reintegro antes del vencimiento (rescate), en el fondo te obligan a mantener una cierta disciplina de ahorro.

Sobre los Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS):

Seguro de vida, cuya principal finalidad es la de canalizar un ahorro a largo plazo y con ventajas fiscales, ya que si al vencimiento el capital se transforma en una renta vitalicia, los rendimientos generados hasta ese momento estarán totalmente exentos de tributación.

La normativa establece que la duración de los PIAS debe ser superior a 5 años, aunque el titular puede tener disponibilidad de su ahorro transcurrido el primer año.

Además, la cuantía anual máxima que se puede destinar a este producto está limitada a 8.000 euros y el importe total de las primas acumuladas en los PIAS no podrá superar 240.000 euros por contribuyente.

Una de las principales ventajas de este producto, frente a la liquidez de los planes de pensiones, es que permiten rescatar el ahorro acumulado en cualquier momento. No obstante, si se rescatan antes de que hayan transcurrido cinco años desde su contratación, el titular perderá la ventaja fiscal del producto.

Además, por su naturaleza como seguro de vida, los PIAS garantizan un capital asegurado en caso de fallecimiento de su titular.

Los PIAS se pueden movilizar de una entidad a otra.

Sobre el Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo (SIALP):

Los SIALP se definen como “Seguros Individuales de Ahorro a Largo Plazo” o también conocidos por la propia legislación como “Planes de Ahorro 5″, y destacan por su interesante fiscalidad.

La rentabilidad generada por los SIALP está exenta de impuestos si se mantiene un mínimo de 5 años. Eso sí, las aportaciones no desgravan en el IRPF.

Los SIALP deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Tomador, Asegurado y Beneficiario debe ser la misma persona.
  • Se debe garantizar como mínimo el 85% de las inversiones.
  • Las aportaciones no pueden superar los 5.000 € anuales.
  • No se permiten rescates parciales.
  • El tomador solo puede ser titular de un único SIALP de forma simultánea.

Los SIALP se pueden movilizar de una entidad a otra.

Sobre el Unit Linked:

Se trata de seguros de vida en los que los fondos en que materializa las provisiones técnicas se invierten en nombre y por cuenta del asegurado en participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva y otros activos financieros elegidos por el tomador del seguro, que es quien soporta el riesgo de la inversión. La persona adquiere fondos de inversión, no tiene la consideración de partícipe, sino de asegurado o contratante o tomador de seguro. Un seguro unit linked puede:

  • No otorgar al tomador la facultad de modificar las inversiones afectas a la póliza. Por ejemplo, cuando la inversión va ligada a un solo fondo de inversión o a una cesta cerrada de estos.
  • Otorgar al tomador la facultad de modificar inversiones afectas a la póliza; es decir, cambiar de fondo de inversión o de cesta. En este caso se deben cumplir determinados requisitos.

En determinados casos, los unit linked gozarán del mismo tratamiento fiscal que los demás seguros de vida.

La rentabilidad en este tipo de productos no va ligada a un interés que la compañía garantiza en sus bases técnicas, sino al valor liquidativo en el momento del cobro de la prestación, de los fondos o cesta de fondos en los que se invierta la provisión o reserva matemática.

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